|
TEXTO ORIENTATIVO para la Contribución a la
CONSULTA PÚBLICA DEL SENASA
Revisión de los criterios para la clasificación
toxicológica de los productos fitosanitarios
La sustitución de la Clasificación toxicológica según
riesgos y valores de los pesticidas vigentes por la de la OMS 2009, que
el SENASA puso a consulta pública hasta el 30 de agosto de 2011,
utiliza el mismo método de la Dosis Letal 50% Aguda de la clasificación
vigente, sólo que con otros valores.
Este método de análisis es muy cuestionado porque no considera
los daños subletales ni los daños crónicos, como
cánceres, enfermedades neurológicas, pulmonares, deformaciones
congénitas ni abortos espontáneos asociados con estos productos.
Además, esta clasificación no es suficiente para cuidar
la salud de la población porque la propia OMS dice que no tiene
garantía alguna y aclara que los criterios de clasificación
son sólo una guía complementaria; y además porque
se sustenta en investigaciones desactualizadas y sesgadas.
No considera tampoco importantes y reconocidos estudios actualizados realizados
por investigadores independientes argentinos y de otros países.
El método denominado “Dosis Letal 50% Aguda” para la
clasificación de los pesticidas según su toxicidad es el
primer eslabón en la elaboración de las normas que habilitan
la aprobación, el registro y el uso de estos productos tóxicos.
Sus consecuencias se desencadenan luego en la normativa y las argumentaciones
permisivas de los tres niveles de gobierno, impactando fuertemente en
los riesgos y daños en la salud de la población:
- En el gobierno nacional, a través del Ministerio de Agricultura,
Ganadería y Pesca de la Nación, más específicamente
el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), para
justificar las aprobaciones y clasificaciones de los pesticidas.
- En los gobiernos provinciales y locales para elaborar las normas que
regulan la aplicación de los pesticidas, especialmente en lo atinente
a la determinación de las distancias libres de pulverización
aérea y terrestre alrededor de los lugares donde la gente desarrolla
su vida, y a los correspondientes controles.
Esta clasificación sirve también de sustento a las argumentaciones
de los sectores privados que se benefician con este sistema productivo.
Los productores agrarios y los productores y comercializadores de estos
agroquímicos, así como las asociaciones que los agrupan,
como CASAFE (Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes), ACSOJA
(Asociación de la Cadena de la Soja Argentina) y CIAFA (Cámara
de la Industria Argentina de Fertilizantes y Agroquímicos), ARPAE
(Asociación Regional de Productores Agropecuarios del Este), la
utilizan para promocionar y difundir en la sociedad y presionar a los
organismos públicos argumentando que los plaguicidas aplicados
masivamente no hacen daño a la salud y al ambiente.
Peticiono que el Ministerio de Ganadería y Pesca de la Nación,
o en su caso a quien sea derivada la Resolución de la Defensoría
del Pueblo de la Nación, que cuenta con mas de 9300 adhesiones
ingresadas por la Mesa de Entradas de ese Ministerio, impulse las medidas
necesarias para modificar la metodología utilizada en la clasificación
de toxicidad de los productos agroquímicos, de manera tal que:
1.- Abarque al conjunto de todos los daños a la
salud que el producto pueda ocasionar (letal y subletal, agudo y crónico).
2.- Hasta tanto se realice la revisión de la clasificación,
los agroquímicos aprobados que no tengan evaluado el grado de su
toxicidad en las dosis subletales y crónicas, sean clasificados
como “I.a: sumamente peligrosos, muy tóxicos” e identificados
con banda roja.
3.- Los formulados de los agroquímicos sean clasificados con la
toxicidad mayor, que puede corresponder a la del componente más
tóxico o al formulado considerado integralmente.
4.- Los estudios sobre los que se basan las clasificaciones de los agroquímicos,
deben ser realizados por entidades de acreditada y reconocida independencia
de criterio.
Peticiono también que las más de 9300 adhesiones
indicadas anteriormente ingresadas a ese Ministerio con el Expediente
Nº S01:0439989/2010 y conexos sean tenidas en cuenta como aporte
en esta consulta pública.
Nombre y apellido:
Ocupación:
Nivel educativo:
Correo electrónico:
Ciudad de residencia:
www.renace.net
|