LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA
NO PODRÁ EXLOTAR LA MINA DE URANIO DE SIERRA PINTADA
ANTE LA FALTA DE TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS DE LA MINA, LA JUSTICIA
FEDERAL DICTÓ UNA MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR A RAIZ DE UN
AMPARO INTERPUESTO POR UNA VECINA ORDENANDO A LA COMISIÓN NACIONAL
DE ENERGÍA ATÓMICA "SE ABSTENGA DE REALIZAR CUALQUIER
TIPO DE TAREAS QUE IMPORTEN PROCESO DE EXPLOTACIÓN PRODUCTIVA
DEL YACIMIENTO MINERO SIERRA PINTADA".
ASIMISMO SE FIJO AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN PARA EL DÍA
MARTES 26 DE JUNIO A LAS 10 HS CITANDO A LA PARTE ACTORA, DEMANDADA,
AL MINISTERIO DE AMBIENTE Y OBRAS PUBLICAS Y AL FISCAL DE ESTADO DE
LA PROVINCIA.
San Rafael, Mendoza, 25 de junio de 2007 .-
El día 26 de junio a las 10 hs se llevará a cabo audiencia
de conciliación en la Justicia Federal, en el marco de la acción
de amparo presentada por una vecina de San Rafael, Beatriz Gómez
Carmona, a la que han sido citadas la parte actora, demandada, el
Ministro de Ambiente y Obras Públicas de la Provincia y el
Fiscal de Estado.
Vale recordar, que a raíz de dicho amparo la justicia dispuso
mediante una medida cautelar de no innovar que la Comisión
Nacional de Energía Atómica (CNEA) no podrá explotar
la mina de uranio de Sierra Pintada en San Rafael.
Beatriz Gómez Carmona sostuvo que la acción de amparo
"busca obtener una efectiva remediación de todos los pasivos
ambientales depositados en el Complejo Minero Fabril San Rafael, de
Sierra Pintada" y que esta remediación "sea basada
en estudios serios, completos e independientes, algo que hasta ahora
no ha ocurrido ".
La falta de tratamiento de los residuos radiactivos de Sierra Pintada
fue uno de los elementos que tomó en cuenta la justicia Federal
de San Rafael para dictar la "medida cautelar de no innovar"
donde ordena a la CNEA "se abstenga de realizar cualquier tipo
de tareas que importen proceso de explotación productiva del
yacimiento minero Sierra Pintada". El Juez Federal Héctor
Raúl Acosta fundó su fallo, entre otros elementos, en
la reciente doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
sobre el caso caratulado "Mendoza", y en los principios
de prevención y precaución que establece la Ley General
del Ambiente n° 25675.
El Dr. Raúl Montenegro indicó que esta decisión
judicial "coloca las cosas en su lugar porque la CNEA no trató
los residuos de la mina, y sigue contaminando el arroyo el Tigre".
Montenegro agregó que estos residuos "siguen sin tratamiento
desde hace años, lo que representa un riesgo inadmisible para
el ambiente y la salud de las personas".
Anteriormente CNEA había elaborado una propuesta para tratar
en forma parcial los residuos de la mina, y presentó al gobierno
de Mendoza un documento donde evalúa su impacto ambiental.
El Dr. Raúl Montenegro sostuvo que este documento de CNEA "es
inaceptable por su endeble calidad técnica" y porque "solo
propone tratar inicialmente menos del 4% de todo el uranio residual
depositado en la mina".
Recientemente, durante la Audiencia Pública convocada para
evaluar la propuesta de remediación que presentó CNEA,
realizada el 17 de febrero de 2007, la Comisión Nacional de
Energía Atómica no se presentó. Tras la perplejidad
e irritación que produjo esta actitud del organismo nacional,
la casi totalidad de las personas e instituciones que participaron
dejaron registrada su oposición a la reapertura de la mina,
y exigieron que la remediación sea total y no parcial.
Organizaciones de la sociedad civil, entre ellas la Multisectorial
del Sur, FUNAM, organización miembro de la RENACE, sostuvieron
públicamente que la Comisión Nacional de Energía
Atómica y el propio gobierno de Mendoza "están
interesados en una remediación inicial, no en una remediación
completa y total. Todo parece indicar que el principal interés
no es la remediación sino la reapertura de la mina". Pero
la decisión adoptada por la Justicia Federal frena esas aspiraciones".
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