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SIERRA
PINTADA
Gracias a las gestiones llevadas a cabo por la MULTISECTORIAL
DEL SUR, por primera vez en San Rafael se habló de la necesidad
de remediar los residuos radiactivos acumulados en Sierra Pintada. Es
indispensable aclarar que ni el Gobierno de la Provincia ni la Comisión
Nacional de Energía Atómica jamás mencionaron la
necesidad de remediar, es más, presentaron públicamente
en nuestra comunidad la reapertura de la mina, luego del abandono, sin
remediación, es decir, sin realizar una gestión final de
los residuos contaminantes.
Es indispensable aclarar que esta Multisectorial entregó al Sr.
Presidente de la Nación, al Gobernador Julio Cobos y a la Ministra
Laura Montero la cantidad de 30.000 firmas pertenecientes a nuestra comunidad,
en contra de la apertura de la Mina de Uranio de Sierra Pintada y por
la remediación total de los residuos radiactivos, cifra absolutamente
representativa en relación a la cantidad de habitantes de San Rafael.
¿POR QUÉ SE SUSPENDIÓ LA AUDIENCIA
PÚBLICA?
1) No se cumplían los requisitos básicos
tanto de forma como de fondo.
2) La audiencia pública es un mecanismo de participación
por lo que quienes participen deben estar informados. La información
es un paso previo a la Audiencia y la debe brindar el gobierno municipal
y provincial. Ese derecho no fue garantizado, por lo tanto la audiencia
pública, así llevada a cabo iba a ser un requisito burocráctico
que legitimaría decisiones políticas pero no iba a ser una
instancia adecuada de participación.
3) La autoridad de aplicación, encargada de llevar adelante la
Evaluación de Impacto Ambiental, delegó sus facultades en
el ente que debe ser evaluado, es decir en la Comisión Nacional
de Energía Atómica (CNEA). Se fijo al mismo Centro de Información
de la CNEA como sitio para recibir las inscripciones, pruebas, propuestas
de peritos, de quienes iban a participar de la audiencia pública.
Asimismo, la misma CNEA era la encargada de informar. O sea que el resultado
de la audiencia estaba decidido de antemano y se buscaba legitimar mediante
la audiencia pública una decisión política ya tomada.
4) Porque se pretendía una sectorización de la participación,
fijando como fecha de audiencia un día laborable y a media mañana.
5) Porque se violaron plazos de convocatoria, circunstancias todas que
desnaturalizan la audiencia pública como mecanismo participativo.
6) Porque la Administración no puede hacer el procedimiento de
evaluación de impacto ambiental de cualquier manera, las reglas
no están como simples formalidades sino que son pasos ineludibles
que se deben cumplir.
7) Porque el Gobierno Provincial previo a la audiencia debió proceder
a la conformación de foros sociales -como sucedió en los
restantes sitios que la CNEA debe remediar- para someter dicho proyecto
de remediación a consideración de la sociedad civil. La
Multisectorial lo solicitó formalmente al gobierno provincial,
en más de una oportunidad, sin tener respuesta alguna.
Finalmente porque vemos que la remediación que pretende realizar
la Comisión Nacional de Energía Atómica es parcial,
y se presenta como total.
Alexia Robinson
Valentin Bianchi S.A.
arobinson@vbianchi.com
Tel. +54 2627 422046 int. 121
Fax +54 2627 430131
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