Buenos Aires, 16 de mayo de 2005
INSTRUCCIONES PARA LOS DIRECTIVOS DE ESCUELAS
ANTE SITUACIONES DE TOMA POR LOS ALUMNOS
Ante una situación de toma de la escuela por
parte de los alumnos, los Directivos de las escuelas deberán
seguir las siguientes instrucciones.
1. Comunicaciones:
Comunicar telefónicamente y en forma inmediata
a la Supervisión de la Región y a la Dirección
del Área la situación planteada.
En caso de que la escuela comparta el edificio con
otro establecimiento, dar aviso a las otras autoridades escolares.
2. Autorizaciones:
2.1. Para el caso de que la toma se hubiera anunciado
por lo menos con un día de anticipación, solicitar a los
alumnos que manifiestan su intención de permanecer en el establecimiento
una autorización escrita de los padres para permanecer en la
escuela después de finalizado el horario escolar (ver modelo
adjunto, Anexo 1).
2.2. La Dirección de la Escuela deberá
comunicarse telefónicamente en el mismo día de la toma
con los responsables de los alumnos que manifiestan su intención
de permanecer en el establecimiento y que no tengan la autorización.
Esta comunicación se debe realizar a los teléfonos que
figuren en el legajo respectivo a fin de informarles la situación.
En caso de haber sido necesario comunicarse telefónicamente
con los padres y/o responsables y/o tutor se debe dejar constancia en
un listado (ver Anexo 2) de los llamados efectuados detallando:
• Número de teléfono al que se
llamó.
• Nombre de la persona que atendió o respondió el
llamado.
• Resultado de la comunicación, aceptando o rechazando
la permanencia del menor dentro del establecimiento.
• En el caso de que el responsable plantee que no da autorización
a su hijo/a a permanecer en el establecimiento, se le indicará
que debe concurrir a retirarlo.
3. Adultos presentes durante la situación de
toma:
Los alumnos no pueden permanecer en la escuela sin
la presencia de al menos un adulto, siendo ésta responsabilidad
principal de la Dirección del Establecimiento. En caso de ser
posible, podrá delegar esta función en un docente del
establecimiento. Se alienta que los alumnos que permanezcan en la escuela
sean acompañados por sus padres o madres, sin que esta presencia
exima de la necesidad de presencia permanente de personal docente de
la escuela.
4. Medidas de cuidado de los alumnos y alumnas:
4.1. El directivo o docente que permanecerá
con los alumnos durante el horario extraescolar será responsable
de las llaves de la escuela. Si más de un docente acompaña
a los alumnos, deberá quedar determinado cuál de ellos
será responsable de las llaves.
4.2. Por razones de seguridad y de resguardo de documentación
y patrimonio, la Dirección del establecimiento determinará
en qué lugares pueden permanecer los alumnos durante la toma.
4.3. Los alumnos deberán permanecer dentro del
edificio durante la situación de toma.
4.4. Ninguna persona ajena al establecimiento podrá
ingresar a éste durante la toma.
4.5. Se dará aviso al SAME (al 107 o al 4923-1051/8
o al 4342-4001/9) para que tenga conocimiento de que habrá alumnos
en el edificio de la escuela en horarios extraclase.
4.6. Se dará aviso al Consejo de los Derechos
de los Niños, Niñas y Adolescentes (15-5662-9923 ó
15-5662-8894).
5. Confección de actas:
5.1. Se recuerda a las autoridades educativas que deberán
labrar Acta de la situación según el modelo adjunto (Anexo
4).
5.2. En el espacio destinado a la breve descripción
de los hechos, deberá constar:
• Cuándo se tomó conocimiento de
la medida dispuesta por los alumnos.
• Razones que sostienen los alumnos para la toma de la medida.
• Cuáles serán las actividades que realizarán
los alumnos.
5.3. En el acta deberá constar el nombre del
agente docente que será responsable de las llaves de la escuela
y que permanecerá con los alumnos durante el horario extraescolar.
5.4. Las Autoridades de la Escuela presentes, las Autoridades de Supervisión
y/o los Representantes de las Direcciones de Área de la Secretaría
de Educación del Gobierno de la Ciudad que se hallen presentes,
deberán firmar el acta. En caso en que se encontrara algún
padre o responsable de algunos de los alumnos deberá incluirse
sus datos y se lo invitará a firmar el acta. Se hará la
invitación a alumnos/as que representen a sus compañeros
a firmar el acta.
5.5. La siguiente documentación deberá
agregarse al Libro de Actas:
• Los permisos que hubieran acercado los alumnos.
• El listado de llamadas efectuadas.
• El listado completo de alumnos/as que participan de la medida
(ver Anexo 3).
6. La presente deja sin efecto anteriores comunicaciones
sobre este mismo asunto